Fuente: OMI
El proyecto de reglas establecerá una norma sobre combustibles marinos y una fijación de precios de las emisiones de GEI obligatorios para el transporte marítimo con el fin de hacer frente al cambio climático.

La Organización Marítima Internacional (OMI) ha dado un paso histórico hacia el establecimiento de un marco jurídicamente vinculante para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) procedentes de los buques en todo el mundo, con el objetivo de alcanzar emisiones netas nulas para 2050, a más tardar, o alrededor de ese año.
El marco de emisiones netas nulas de la OMI es el primero del mundo que combina límites obligatorios de emisiones y fijación de los precios del carbono en todo un sector.
Aprobadas por el por el Comité de protección del medio marino, en su 83º periodo de sesiones (MEPC 83), celebrado del 7 al 11 de abril de 2025, las medidas incluyen una nueva norma sobre combustibles marinos para buques y un mecanismo mundial de fijación de precios.
Estas medidas, que esperan ser adoptadas formalmente en octubre de 2025 antes de su entrada en vigor en 2027, serán obligatorias para los grandes buques navegación marítima que superan las 5 000 toneladas de arqueo bruto, los cuales emiten el 85 % del total de las emisiones de CO2 procedentes del transporte marítimo internacional.
En la clausura del periodo de sesiones, el Secretario General de la OMI, el Sr. Arsenio Domínguez, elogió el espíritu de cooperación y compromiso demostrado por los Estados Miembros esta semana. Afirmó:
“La aprobación del proyecto de enmiendas al Anexo VI del Convenio MARPOL por el que se establece el marco de emisiones netas nulas de la OMI representa otro paso en nuestra labor colectiva para combatir el cambio climático y modernizar el transporte marítimo, y pone de manifiesto una vez más que la OMI cumple sus compromisos.
“Ahora, es importante seguir trabajando juntos, dialogando y escuchándonos unos a otros, si queremos crear las condiciones para una adopción con éxito”.
Elementos clave del marco de emisiones netas nulas de la OMI
El marco de emisiones netas nulas de la OMI se incluirá en un nuevo capítulo 5 del Anexo VI (Prevención de la contaminación atmosférica ocasionada por los buques) del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL).
El Anexo VI del Convenio MARPOL cuenta actualmente con 108 Partes, que cubren el 97% de la flota mercante mundial por arqueo, y ya incluye prescripciones obligatorias de eficiencia energética de los buques.
El objetivo es alcanzar los objetivos climáticos fijados en la Estrategia de 2023 de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques, acelerar la introducción de combustibles, tecnologías y fuentes de energía de emisiones de GEI nulas o casi nulas, y apoyar una transición justa y equitativa.
Según el proyecto de reglas, los buques deberán cumplir:
- Norma mundial sobre combustibles: Los buques deben reducir, a lo largo del tiempo, su intensidad de los gases de efecto invernadero de los combustibles (GFI) anual, es decir, la cantidad de GEI emitidos por cada unidad de energía consumida. Esto se calcula utilizando el enfoque “del pozo a la estela”.
- Medida económica mundial: Los buques que emitan por encima de los umbrales de GFI tendrán que adquirir unidades de recuperación para equilibrar sus emisiones deficitarias, mientras que los que utilicen tecnologías emisiones nulas o casi nulas de GEI podrán optar a recompensas económicas.
Garantía de cumplimiento
Habrá dos niveles de cumplimiento de los objetivos de intensidad de los GEI de los combustibles: un objetivo de base y un objetivo de cumplimiento directo en el que los buques podrían optar a ganar “unidades excedentarias”.
Los buques que emitan por encima de los umbrales fijados pueden equilibrar su déficit de emisiones:
- Transfiriendo unidades excedentarias desde otros buques;
- Utilizando las unidades excedentarias que ya han acumulado;
- Utilizando unidades de recuperación adquiridas mediante contribuciones al Fondo Net-Zero de la OMI.
Fondo Net-Zero de la OMI
Se creará el Fondo Net-Zero de la OMI para recaudar las contribuciones de los precios de las emisiones. Estos ingresos se destinarán a:
- Recompensar a los buques con emisiones bajas;
- Apoyar la innovación, la investigación, las infraestructuras y las iniciativas de transición justa en los países en desarrollo;
- Financiar la formación, la transferencia de tecnología y el desarrollo de capacidades para apoyar la Estrategia de 2023 de la OMI sobre los GEI; y
- Mitigar las repercusiones negativas sobre los Estados vulnerables, como los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países menos adelantados.
Pasos siguientes
Una vez aprobado, el proyecto de enmiendas al Anexo VI del Convenio MARPOL se distribuirá oficialmente a los Estados Miembros de la OMI, tras lo cual:
- Octubre de 2025 (MEPC/ES.2): Adopción de las enmiendas durante un periodo de sesiones extraordinario del Comité de protección del medio marino.
- Primavera de 2026 (MEPC 84): Aprobación de directrices detalladas de implantación.
- 2027: Entrada en vigor prevista, 16 meses después de la adopción (de conformidad con los artículos del Convenio MARPOL).
Otros resultados del MEPC 83
En el periodo de sesiones se debatieron diversas cuestiones relacionadas con la protección del medio marino frente a las actividades de transporte marítimo, con los siguientes resultados clave:
- Adopción del Plan de acción de 2025 para abordar el problema de la basura plástica marina procedente de los buques;
- Avances en el examen del Convenio sobre la gestión del agua de lastre;
- Aprobación de una propuesta para designar el océano Atlántico nororiental como zona de control de las emisiones y acuerdo, en principio, para designar dos nuevas zonas marinas especialmente sensibles frente a las costas del Pacífico de América del Sur;
- Aprobación del proyecto de plan de trabajo sobre la elaboración de un marco reglamentario para el uso de sistemas de captura de carbono a bordo (OCCS);
- Aprobación del proyecto de enmiendas a la regla 27 del Anexo VI del Convenio MARPOL sobre la accesibilidad del sistema de recopilación de datos de la OMI
- Adopción de enmiendas a las Directrices de 2021 sobre los factores de reducción de la intensidad de carbono operacional en relación con los niveles de referencia (Directrices sobre los factores de reducción de los CII, D3)
- Aprobación de un nuevo resultado para elaborar un marco jurídicamente vinculante para el control y la gestión de las incrustaciones biológicas, con el fin de prevenir la propagación de especies acuáticas invasivas perjudiciales.
Próximamente se publicará un resumen completo del periodo de sesiones.
Enlaces:
- Puede ver galería de fotografías aquí y el video b-roll aquí
- Puede consultar el discurso de apertura y el discurso de clausura del Secretario General de la OMI
- Puede consultar el avance informativo del periodo de sesiones MEPC 83 aquí.