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La OMI acuerda un posible esbozo del “marco de emisiones netas nulas” marítimo

Fuente: OMI

Esto supone un paso adelante en el proceso legal hacia la adopción de normativas mundiales, denominadas “medidas de reducción de GEI a medio plazo”, que ayudarán a alcanzar los objetivos contenidos en la Estrategia de 2023 de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques.

Al término del 81º periodo de sesiones del Comité de protección del medio marino (MEPC 81), celebrado en Londres del 18 al 22 de marzo de 2024, el Secretario General de la OMI, Arsenio Domínguez, declaró: “Su Comité es, en efecto, un foro en el que se examinan cuestiones de importancia crítica para todas las partes del medio marino, y esta semana también han logrado ustedes avances muy importantes”.

La ilustración de proyecto de posible esbozo del marco de emisiones netas nulas de la OMI enumera las reglas del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Convenio MARPOL), que se adoptarán o enmendarán para permitir una nueva norma norma mundial sobre combustibles y un nuevo mecanismo mundial de fijación de precios de las emisiones marítimas de GEI.

Entre ellas puede figurar la propuesta de un nuevo capítulo 5 del Anexo VI del Convenio MARPOL que contenga normas sobre el marco de emisiones netas nulas de la OMI, que incluyan:

  • una norma basada en objetivos sobre combustibles marinos que regule la reducción gradual de la intensidad en cuanto a GEI de los combustibles marinos; y
  • un mecanismo(s) económico(s) para incentivar la transición a emisiones netas nulas.

La norma basada en objetivos sobre los combustibles marinos y el mecanismo de fijación de precios son medidas de reducción de GEI a medio plazo especificadas en la Estrategia revisada de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques, adoptada en julio de 2023. Actualmente se están estudiando diferentes propuestas sobre lo que deberían implicar estas medidas.

El posible esbozo del marco de emisiones netas nulas de la OMI se utilizará como punto de partida para refrendar las diferentes propuestas en una posible estructura común, con el fin de apoyar las deliberaciones posteriores, entendiéndose que este esbozo no debería prejuzgar las posibles modificaciones futuras al mismo a medida que avancen las deliberaciones.

Próximos pasos en materia de emisiones de GEI

Además de los avances en el marco jurídico, el MEPC acordó los siguientes pasos, antes de su próximo periodo de sesiones (MEPC 82), previsto del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2024:

  • Evaluación amplia de las repercusiones sobre el conjunto de posibles medidas a medio plazo propuestas en los Estados Miembros que se ultimará y presentará al MEPC 82;
  • Se celebrará un cursillo de expertos de dos días de duración (Quinto Cursillo de expertos en GEI – GHG-EW 5) para debatir las conclusiones preliminares de la evaluación amplia de las repercusiones, que abarcará todos los aspectos, incluida la modelización del desembolso de ingresos. El resultado se presentará al MEPC 82;
  • La 17º reunión del Grupo de trabajo interperiodos sobre emisiones de gases de efecto invernadero (ISWG-GHG 17) se reunirá para considerar los resultados de la evaluación amplia de las repercusiones, el GHG-EW5 y otros documentos presentados para seguir debatiendo sobre la elaboración de medidas a medio plazo, e informará al MEPC 82;
  • El ISWG-GHG 17 elaborará el proyecto de mandato para el Quinto Estudio de la OMI sobre los GEI;
  • La constitución del Grupo de trabajo del GESAMP sobre la intensidad de los GEI en el ciclo de vida de los combustibles marinos. El GESAMP es el Grupo mixto de expertos sobre los aspectos científicos de la protección del medio marino. El Grupo de trabajo GESAMP-LCA se encargará de proporcionar la mejor evaluación científica y técnica posible de las cuestiones técnicas relacionadas con la implantación de las Directrices LCA. Estas directrices permiten calcular las emisiones de gases de efecto invernadero a lo largo de todo el ciclo de producción y uso final de los combustibles para uso marítimo, lo que se conoce como del “pozo a la estela”.
  • Se han creado dos Grupos de trabajo por correspondencia que informarán al MEPC 83: el primero se encargará de elaborar un plan de trabajo sobre la elaboración de un marco reglamentario para el uso de la captura de carbono y de estudiar las emisiones de metano y óxido nitroso del tanque a la estela; el segundo grupo estudiará los temas y aspectos de sostenibilidad social y económica de los combustibles marinos para su posible inclusión en las Directrices LCA.

Adopción de directrices revisadas sobre el ciclo de vida de los gases de efecto invernadero

El MEPC adoptó las “Directrices revisadas sobre la intensidad de los GEI en el ciclo de vida de los combustibles marinos” (Directrices LCA). Las directrices actualizadas incluyen cálculos revisados de los factores de emisión por defecto; actualización del apéndice 4 sobre la plantilla para la presentación del factor de emisión por defecto del pozo al tanque; y un nuevo apéndice 5 para los factores de emisión del tanque a la estela. 

Otras cuestiones ambientales

En otros puntos del orden del día, el MEPC:

  • Aprobó el establecimiento de dos nuevas zonas de control de las emisiones (ECA), en aguas árticas canadienses, para los óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre y materia particulada; y en el mar de Noruega para el óxido de nitrógeno y los óxidos de azufre. Se presentarán al MEPC 82 para su adopción;   
  • Aprobó las nuevas recomendaciones relativas al transporte marítimo de pélets de plástico en contenedores, que abarcan la estiba, el embalaje/envasado y la información precisa sobre el transporte y la carga;
  • Refrendó, en principio, el proyecto de plan de acción para reducir el ruido submarino debido al transporte marítimo comercial, con vistas a su ulterior examen y refrendo final en el MEPC 82;
  • Refrendó el plan de trabajo actualizado para la elaboración de directrices sobre nuevos combustibles alternativos, incluida la elaboración de directrices para el hidrógeno y el amoníaco como combustibles, los combustibles de bajo punto de inflamación y los instrumentos obligatorios sobre los alcoholes metílicos/etílicos;
  • Referendó la lista de disposiciones e instrumentos para revisión y/o elaboración en el Convenio sobre la gestión del agua de lastre, y ha aprobado las orientaciones provisionales sobre la aplicación del Convenio para la gestión del agua de lastre a los buques que operan con calidad de agua problemática, así como las Orientaciones para el almacenamiento temporal de aguas sucias tratadas y aguas grises en tanques de lastre.

Pronto estará disponible el resumen completo del 81º periodo de sesiones del MEPC 81.

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