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Cierre de frontera – Paso Canoas y huelga en Colón 

Fuente: COEL

La Junta directiva de COEL se dirigió al ministro de seguridad, Juan Manuel Pino, por medio de la siguiente carta, donde hace referencia al cierre de frontera- Paso Canoas y la huelga en Colón. Aquí la presente misiva: 

Nuevamente nuestro país enfrenta disrupciones en sus vías de comunicación, no sólo para el  sistema logístico, sino para la movilidad empresarial y particular en general. 

Gremios empresariales y profesionales hemos insistido reiteradamente en que se haga  cumplir la ley y se garantice el derecho constitucional de libre tránsito; sin embargo  frecuentemente se repiten situaciones como la surgida el día de ayer en Paso Canoas, en la que un reducido grupo de transportistas que no responde a ningún gremio o asociación,  unilateralmente y sin mediar aviso previo, ha interrumpido el paso fronterizo internacional, y  a más de 24 horas de este evento, seguimos con la inacción de nuestros estamentos de  seguridad. 

La conectividad nacional con la región occidental del país, e internacional, se encuentra sujeta  a frecuentes interrupciones y cierres por parte de reducidos grupos de personas quienes, en  reclamo de aspiraciones en muchos casos legítimas, causan graves perjuicios a todo el resto del país. 

Si bien la gran mayoría de estas situaciones pueden ser evitadas mediante la intervención  oportuna de las autoridades locales o nacionales, a usted corresponde salvaguardar los  derechos de la ciudadanía, empresas y profesionales que resultan afectados por estos cierres,  lo cual a la fecha no se hace de forma rápida y oportuna.

En la provincia de Colón nos enfrentamos a un paro general que fue anunciado hace varias  semanas. El sector privado ha venido insistiendo en que autoridades locales y nacionales  atiendan las reclamaciones que formulan grupos y dirigentes, ciudadanos de dicha provincia,  sin que a la fecha se hayan tomado acciones efectivas que eviten dicha paralización. 

Ante tal cierre, una de las regiones terminales de nuestro eje logístico se encuentra  totalmente paralizada, causando afectaciones reputacionales y económicas severas. No sólo  nos referimos a la paralización del flujo de carga a través de los terminales portuarios de dicha  provincia, sino de miles de personas que se ven impedidas para trasladarse a sus lugares de  trabajo y estudio. 

De ninguna forma proponemos el uso de la fuerza como primer recurso, pero tampoco puede  permitirse el libertinaje y la anarquía so pretexto de mantener una paz social que, desde el  momento en que se causen afectación a terceros, deja de existir. La pregonada paz social no  debe ser costeada por los afectados, máxime cuando la gran mayoría de estos cierres se  originan en la inacción de autoridades locales o nacionales que no atienden de forma  oportuna los requerimientos ciudadanos y no establecen canales de diálogo y comunicación  eficientes. 

Nuestro país enfrenta momentos muy difíciles, y el sector empresarial se encuentra en una  ardua tarea por recuperar los niveles económicos previos a la pandemia, e incluso generar  crecimiento y aportes al país en la forma de generación de plazas de empleo y dinamizar la  economía. No podemos realizar esto sin el apoyo del gobierno a fin de mantener las  condiciones de orden y apego a la ley necesarios para el correcto y pacífico desenvolvimiento  de la actividad económica y empresarial. Panamá es y debe mantenerse como un Estado de  Derecho, donde prevalezca la ley y el orden.  

Por último, insistimos en la obligación que recae en su persona de proteger los derechos  constitucionales afectados de todos aquellos ciudadanos y empresas que resultan  perjudicados por estos cierres, los cuales estamos seguros usted conoce perfectamente, y  que se encuentran expresamente consagrados en nuestra Constitución Política:

ARTÍCULO 17. Las autoridades de la República están instituidas para proteger en  su vida, honra y bienes a los nacionales dondequiera se encuentren y a los  extranjeros que estén bajo su jurisdicción; asegurar la efectividad de los derechos  y deberes individuales y sociales, y cumplir y hacer cumplir la Constitución y la  Ley. Los derechos y garantías que consagra esta Constitución deben considerarse  como mínimos y no excluyentes de otros que inciden sobre los derechos  fundamentales y la dignidad de la persona.  

ARTÍCULO 18. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por  infracción de la Constitución o de la Ley. Los servidores públicos lo son por esas  mismas causas y también por extralimitación de funciones o por omisión en el  ejercicio de éstas.  

ARTÍCULO 27. Toda persona puede transitar libremente por el territorio nacional  y cambiar de domicilio o de residencia sin más limitaciones que las que impongan  las leyes o reglamentos de tránsito, fiscales, de salubridad y de migración.  

Quedamos a la espera de la toma de acciones rápidas y oportunas,

Atentamente, 

Junta Directiva de COEL

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